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GUZMAN ARMIJO, JUAN MARIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia disminuyendo el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica.

Indemnizacion Relacion de causalidad Incapacidad fisica Prueba pericial Accidente de trabajo Incapacidad psiquica

Indemnización por accidente de trabajo que le produjo incapacidad física (5,82%) e incapacidad psíquica (RVAN grado II
- 10%)

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia, dejando sin efecto la condena por incapacidad psíquica al considerar que el perito médico no realizó un examen psiquiátrico y se limitó a transcribir un informe psicodiagnóstico, sin fundamento científico. Por el daño físico, se fijó la indemnización en $110.415,73 más $22.083,14 del adicional del art. 3 Ley 26.773, totalizando $132.498,87.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El perito no explicó las razones científicas por las que diagnosticó la RVAN, ni su vinculación con el accidente. Esas falencias periciales impiden dar por comprobada la existencia de la patología psicológica y su relación causal con el hecho.

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