SANCHEZ CRUCES, LUCIA c/ PROSEGUR ACTIVA ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El perito ingeniero apeló la aplicación del prorrateo de honorarios contemplado en la ley 24.432. La Cámara confirmó la decisión, aplicando la doctrina de la Corte Suprema de Justicia.
¿Quién es el actor?
Lucia Sanchez Cruces
¿A quién se demanda?
Prosegur Activa Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Despido
- Decisión del tribunal: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV, confirmó la resolución que hizo lugar a la aplicación del prorrateo de honorarios regulados conforme lo establecido en el art. 8 de la ley 24.432.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de la validez constitucional de dicho artículo, sosteniendo que: a) la ley 24.432 sólo limita la responsabilidad del condenado en costas por los honorarios devengados, pero no respecto de la cuantificación de éstos, por lo que no puede vedarse al beneficiario de la regulación la posibilidad de reclamarle a su patrocinado el excedente; b) la solución consagrada en el art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo se manifiesta como uno de los arbitrios posibles enderezados a disminuir el costo de los procesos judiciales; c) la ley 24.432 no conculca el derecho de igualdad, ya que otorga el mismo tratamiento a todos los profesionales que asisten a la parte no condenada en costas; d) la eventual posibilidad de que los profesionales ejecuten a su cliente no condenado en costas por el saldo impago de honorarios que pudiese resultar del prorrateo legal, no resulta violatoria del principio protectorio del trabajador ni del derecho de propiedad.
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