ARANDA MORINIGO, EFREN c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor accionó contra la aseguradora por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Accidente in itinere sufrido el 18/11/2016, con fractura de peroné y secuelas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Consideró que los baremos legales tienen carácter indicativo y no son de aplicación obligatoria, debiendo el juez evaluar las particularidades del caso. Concluyó que el perito justificó adecuadamente el porcentaje de incapacidad, más allá de lo dispuesto en el baremo.
Fundamentos relevantes:
- Los baremos son herramientas de valoración que no obligan al juez, quien debe ponderar las circunstancias particulares del caso.
- La interpretación restrictiva de los baremos puede generar resultados discriminatorios y contravenir derechos constitucionales y convencionales.
- El perito justificó debidamente la incapacidad más allá de lo previsto en el baremo para la lesión, por lo que no corresponde modificar su conclusión.
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