RUIZ DIAZ, BETINA c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La accionada OMINT ART S.A. apeló la declaración de inhabilidad de la instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la decisión y declaró la aptitud de los tribunales para entender en la cuestión.
- Actora: BETINA RUIZ DIAZ
¿A quién se demanda?
OMINT ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la decisión de primera instancia que había declarado la inhabilidad de la instancia. Consideró que la ley 27.348 no puede condicionar la intervención judicial a un plazo determinado, ya que ello vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Por lo tanto, durante el plazo de prescripción, el trabajador puede cuestionar directamente ante los tribunales la decisión administrativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 27.348 establece una instancia administrativa previa obligatoria, pero no puede condicionar el acceso a la justicia a un plazo determinado para recurrir. Ello constituiría un exceso reglamentario inconstitucional que afecta el derecho a la tutela judicial efectiva.
- El pronunciamiento judicial debe quedar sujeto a un control judicial pleno y suficiente, de acuerdo a lo establecido por la CSJN en "Fernández Arias, Elena y otros c/ Poggio, José su Sucesión".
- Los tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, establecen el derecho de toda persona a ser oída por un tribunal competente, independiente e imparcial.
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