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MANSILLA, ARIEL MANUEL c/ LAWIGOM S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por indemnización derivada de enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y dispuso el cómputo de intereses desde la primera manifestación invalidante de la enfermedad.

Intereses Indemnizacion Incapacidad laboral Ley 26 773 Enfermedad profesional Ley 27 348


¿Quién es el actor?

Ariel Manuel Mansilla

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a GALENO ART S.A. al pago de $437.652,07 más intereses desde la fecha de primera manifestación invalidante de la enfermedad (26.05.16). Fundamentos principales:
- El hecho generador de la incapacidad laboral genera un daño cierto y determina el momento en que nace el derecho a percibir las indemnizaciones. Este criterio es congruente con lo resuelto por la CSJN.
- Las leyes 26.773 y 27.348 disponen expresamente que los intereses se computan desde la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional.
- Adoptar un criterio diferente generaría un nuevo daño al trabajador al no computarse los intereses por el tiempo del reclamo, violando el principio de indemnidad.

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