CAPURRO, SILVIA BEATRIZ Y OTRO c/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO
La conviviente y la hija del trabajador fallecido reclamaron indemnizaciones laborales por muerte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la condena, ajustando los montos.
Indemnización por fallecimiento del trabajador (art. 248 LCT y art. 61 inc. e CCT 51/05 "E")
¿Qué se resolvió?
- Se rechaza el agravio de la demandada respecto a incluir a la hija como beneficiaria, al estar firme y consentida su participación.
- Se rechaza el cuestionamiento a la acumulación de indemnizaciones, al estar prevista expresamente en las normas.
- Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo la base de cálculo de las indemnizaciones al excluir ciertos rubros remuneratorios.
- En consecuencia, se reduce el monto total de condena a $ 4.610.847,62, a ser abonado 50% a la conviviente y 50% a la hija.
- Se confirman las costas y honorarios.
Fundamentos relevantes:
- "Resulta precluida la opción de criticar [la incorporación de la hija como beneficiaria] en esta oportunidad, resultando que las argumentaciones que ahora se vierten en los agravios no pueden ser consideradas".
- "Las propias normas que determinan las indemnizaciones reclamadas (el art. 248, L.C.T. y el art. 61 inc. 'e' del C.C.T. 51/05 "E") prevén expresamente la posibilidad de que efectivamente sean acumuladas."
- "Corresponde modificar la base de cálculo respectiva, la que se fija en $ 111.413,50 ($ 136.516,80
- $ 25.103,30) y, con ello, recalcular los rubros admitidos en el fallo."
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