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LAURIA, MARCOS GABRIEL c/ ELECTROTEL S.A. REBELDIA EN FECHA 22/08/2019, EN QUIEBRA Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido sin justa causa contra la empleadora Electrotel S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, pero modificó el capital de condena y otros puntos accesorios.

Responsabilidad solidaria Despido Aportes previsionales Certificado de trabajo Seguro de retiro complementario

Indemnización por despido sin justa causa, falta de ingreso de aportes al Seguro de Retiro Complementario, multa del art. 132 bis LCT.

¿Qué se resolvió?

Se confirma condena solidaria a los integrantes del directorio por retención indebida de aportes, pero se revoca la condena solidaria por entrega de certificados del art. 80 LCT. Se hace lugar al reclamo por falta de aportes al Seguro de Retiro Complementario. Se modifica el capital de condena. Fundamentos relevantes:
- Los integrantes del directorio tuvieron participación activa en las decisiones de la empresa y en la relación laboral del actor, por lo que corresponde su responsabilidad solidaria por la retención indebida de aportes.
- La condena solidaria por entrega de certificados del art. 80 LCT es improcedente, ya que es una obligación personal que solo puede ser cumplida por el empleador directo.
- Corresponde hacer lugar al reclamo por falta de aportes al Seguro de Retiro Complementario, generando responsabilidad de la empleadora por los daños y perjuicios derivados.

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