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ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO ATE c/ CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Y OTROS s/JUICIO SUMARISIMO

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) apeló la sentencia que rechazó su reclamo por el derecho a negociar colectivamente. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión al considerar que la normativa vigente otorgó la representación del sector empleador a las Universidades Nacionales.

Negociacion colectiva Universidades nacionales Representacion sindical Decreto 1007 95 Comision negociadora Convenio colectivo homologado


¿Quién es el actor?

Asociación de Trabajadores del Estado (ATE)

¿A quién se demanda?

Consejo Interuniversitario Nacional y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por el derecho a negociar colectivamente

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el reclamo de ATE

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 19 de la Ley 24.447 estableció que las Universidades Nacionales fijan su régimen salarial y de personal, asumiendo la representación del sector empleador en las negociaciones colectivas.
- El Decreto 1007/95 privilegió la negociación a nivel particular de cada universidad, lo cual no se concretó, pero autorizó al Ministerio de Trabajo a formar e integrar las Comisiones Negociadoras para acordar convenios aplicables al sector.
- La resolución 312/15 del Ministerio de Trabajo otorgó a una Federación la representación del sector agrupado, celebrándose un convenio colectivo homologado, por lo que la solicitud de ATE en 2008 resultaba ineficaz.
- La resolución administrativa tomada no puede considerarse incorrecta o arbitraria, siendo necesario lograr un acuerdo que contemple las necesidades de los trabajadores del sector.

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