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LIZONDO, NORBERTO DANIEL c/ UTIL OF S.A. s/DESPIDO

El actor promovió acción por créditos laborales contra la empresa en concurso. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó el rechazo de la homologación de un acuerdo conciliatorio, sosteniendo que el crédito del trabajador ya había sido reconocido y verificado en el proceso concursal.

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Acción por créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución que dejó sin efecto la homologación de un acuerdo conciliatorio entre las partes. Entendió que el crédito laboral reclamado ya había sido reconocido y verificado en el proceso concursal de la empresa demandada. El tribunal señaló que si bien el reconocimiento del "pronto pago de oficio" no tiene efectos de cosa juzgada y permite al acreedor iniciar acciones, en este caso el actor solicitó y obtuvo el "pronto pago a petición de parte", lo cual implica una resolución favorable a su pedido que tiene efectos de cosa juzgada. Por lo tanto, no corresponde reabrir el reclamo en sede laboral.

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