NAGEL, MONICA BEATRIZ c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajadora apela sentencia que rechazó su demanda por accidente in itinere. La Cámara confirma el rechazo al considerar que el hecho no dejó incapacidad y no existe relación causal con un eventual daño psíquico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La trabajadora Mónica Beatriz Nagel demandó a Asociart ART por un accidente in itinere en el que sufrió una herida cortante en el antebrazo derecho. El juez de primera instancia rechazó la acción por considerar que las consecuencias del accidente (1% de incapacidad por la cicatriz) no generan incapacidad conforme la Ley especial. La trabajadora apeló el rechazo de su demanda. La Cámara confirma la sentencia de grado. Considera que el daño psíquico alegado no puede ser indemnizado, ya que no se acreditó incapacidad física y este daño no corresponde ponderarlo en un accidente in itinere, pues la reacción del trabajador es por factores externos al trabajo. Agrega que, según la teoría de la causa adecuada, el infortunio que no dejó limitación física no tiene relación causal con un daño psicológico. Resalta que era carga de la actora acreditar los presupuestos de su pretensión, lo que no logró.
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