ZARZA, ALEXIS BRUNO LAUTARO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador reclama por accidente laboral, pero la Cámara confirma el rechazo de la acción al considerar que no se acreditó la incapacidad física ni psíquica.
Accidente laboral ocurrido el 06.11.2019
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el reclamo. El tribunal considera que no se acreditó la incapacidad física ni psíquica, ya que el informe pericial carece de fundamentos en relación al aspecto psíquico y la Comisión Médica determinó que no había incapacidad física.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo anterior adquiere una decisiva trascendencia, en lo que aquí nos ocupa, pues, conforme lo establece en el art. 477 del CPCCN, la fuerza probatoria de los dictámenes periciales debe ser evaluada de acuerdo a la competencia del perito, los principios científicos y técnicos en que se fundan, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica, las observaciones formuladas por los letrados y los demás elementos de convicción que la causa ofrezca, siendo facultad del judicante su apreciación con la latitud que le adjudica la ley. Al respecto, he de recordar que rigen en el proceso laboral las reglas del onus probandi. Era carga de la accionante acreditar el presupuesto de su pretensión."
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