MONTENEGRO, ALFREDO ARIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó la totalidad del porcentaje de incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia que otorgó un porcentaje menor de incapacidad psíquica.
Accidente in itinere que le generó incapacidad física (4% de la TO) e incapacidad psíquica (10% de la TO).
¿Qué se resolvió?
La jueza de primera instancia redujo el porcentaje de incapacidad psíquica al 5% de la TO, fijando la incapacidad total en 12,35% de la TO. El actor apeló buscando el reconocimiento del 10% de incapacidad psíquica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que "el daño psicológico no puede nunca resultar superior en porcentaje al daño físico". Por ello, confirmó la reducción de la incapacidad psíquica al 5% de la TO.
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