MENDOZA VILLANUEVA MARIA VICTORIA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra la Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina y otra. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia, condenando a una de las demandadas al pago de una indemnización por despido.
- Actora: María Victoria Mendoza Villanueva
- Demandadas: Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (OSUOMRA) y Zona Oeste Salud S.A. (ZOS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido
¿Qué se resolvió?
- Se condena a ZOS al pago de una indemnización por despido de $1.244.749,98.
- Se rechaza la demanda contra OSUOMRA.
- Se revoca la condena solidaria a OSUOMRA.
- Se confirma el rechazo de la antigüedad reclamada correspondiente al período 1991-1999.
- Se admite parcialmente el reclamo de aguinaldos adeudados por $52.000.
- Se rechaza el reclamo de vacaciones no gozadas.
Fundamentos relevantes:
- Se acreditó la existencia de un contrato de trabajo entre la actora y ZOS, por lo que corresponde la indemnización por despido.
- El requisito de comunicación a la AFIP no es exigible para la procedencia de la multa por falta de registración del contrato.
- La intimación del trabajador interrumpe la prescripción de los aguinaldos adeudados.
- OSUOMRA no es responsable solidaria por aplicación del art. 30 LCT, al ser una obra social que delega la prestación de servicios médicos.
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