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LAPLACETTE, GUSTAVO JAVIER c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador demandó por accidente de tránsito in itinere. La Cámara confirmó el reconocimiento de incapacidad física y psíquica del actor.

Intereses Honorarios Nexo causal Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente in itinere

Accidente de tránsito in itinere que le generó lesiones físicas y psíquicas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Reconoció una incapacidad física del 48,26% y una incapacidad psíquica del 10%, con nexo causal con el accidente. Confirmó también la tasa de interés y los honorarios regulados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que las características trágicas y traumáticas del accidente derivan en un daño psíquico identificable, y que la incapacidad psíquica del 10% determinada por la perito médica es prudente, razonable y justificada. Respecto a los intereses y honorarios, adhirió a los criterios mayoritarios de la Sala.

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