GUILLEN, RAMIRO DANIEL c/ SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y ordenó el pago de las indemnizaciones por despido incausado.
Indemnizaciones por despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de las indemnizaciones por despido incausado, al considerar que el acuerdo rescisorio firmado por el trabajador estuvo viciado por coacción de la empleadora.
Los fundamentos principales fueron:
- Los testigos relataron que la empresa, a través del jefe de RRHH, ejerció presiones y amenazas para que los trabajadores, incluido el actor, firmaran un acuerdo de rescisión contractual. Esto vició la voluntad del trabajador al momento de suscribir el acuerdo.
- Las partidas denominadas "vianda" y "reintegro impuesto a las ganancias" revestían carácter remunerativo y no podían ser excluidas de la base de cálculo de las indemnizaciones.
- El tope indemnizatorio del art. 245 LCT debe calcularse sobre el 67% de la mejor remuneración, según los lineamientos de la CSJN en "Vizzoti".
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