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OCHOA DE EGUILEOR, JORGE EZEQUIEL c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció que la condena devengará intereses a la tasa establecida por las Actas CNAT con capitalización anual.

Intereses Prueba testimonial Depreciacion monetaria Presuncion Capitalizacion Relacion laboral Despido


¿Quién es el actor?

OCHOA DE EGUILEOR, JORGE EZEQUIEL

¿A quién se demanda?

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la existencia de la relación laboral y los rubros condenados, pero modificó el régimen de intereses estableciendo que la condena devengará intereses a la tasa fijada por las Actas CNAT con capitalización anual. Los principales fundamentos fueron:
- La Corte Suprema tiene facultades reglamentarias sobre los expedientes y comunicaciones electrónicas, y el Congreso Nacional autorizó su utilización mediante la Ley 26.685. Por lo tanto, rechazó los cuestionamientos de la demandada sobre la validez del procedimiento digital.
- Confirmó la existencia de la relación laboral, en base a la presunción del art. 23 LCT y la valoración de la prueba testimonial.
- Modificó el régimen de intereses, estableciendo que la condena devengará intereses a la tasa fijada por las Actas CNAT con capitalización anual, a fin de evitar la depreciación del monto indemnizatorio.

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