LOPEZ, SOLEDAD MAITE c/ UNIVERSIDAD ARGENTINA JOHN F. KENNEDY ASOC. CIVIL s/CERTIF. TRABAJO ART. 80 LCT
La trabajadora interpuso reclamo por certificado de trabajo conforme art. 80 LCT. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la condena impuesta a la empleadora por aplicación del art. 132 bis LCT.
¿Quién es el actor?
LOPEZ, SOLEDAD MAITE
¿A quién se demanda?
UNIVERSIDAD ARGENTINA JOHN F. KENNEDY ASOC. CIVIL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por certificado de trabajo (art. 80 LCT) y aplicación de sanción prevista en art. 132 bis LCT.
¿Qué se resolvió?
La Cámara dejó sin efecto la condena impuesta a la empleadora por el art. 132 bis LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La empleadora se adhirió a un plan de regularización de deuda previsional con la AFIP que se encuentra vigente y en cumplimiento.
- El acogimiento a un plan de facilidades de pago de deudas con la seguridad social y su efectivo cumplimiento implican el cese de la conducta susceptible de ser sancionada por el art. 132 bis LCT.
- La circunstancia de que la demandada se encontraba en concurso preventivo de acreedores le permitió negociar la cancelación de deudas previsionales con la AFIP, sin que ello denote la ilicitud alegada por la actora.
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