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VEGA, ALEJANDRO SEBASTIAN c/ JOCKEY CLUB A.C. s/JUICIO SUMARISIMO

El actor promovió demanda por reinstalación en su puesto de trabajo tras ser despedido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que ordenó la reinstalación del actor amparado por la protección de la ley sindical.

Abandono de trabajo Estabilidad sindical Representante gremial Cargo politico Exclusion de tutela Licencia automatica

Reinstalación en su puesto de trabajo tras ser despedido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó la reinstalación del actor

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El actor era representante gremial y se encontraba amparado por la protección de los arts. 48 y 52 de la Ley de Asociaciones Sindicales, por lo que para poder despedirlo el empleador debía tramitar previamente la exclusión de esa tutela, lo cual no ocurrió.
- Al momento del despido, el actor se encontraba desempeñando un cargo político en la Municipalidad de Malvinas Argentinas, lo cual justificaba su ausencia y no podía ser considerado como abandono de trabajo.
- La demandada reconoció que tenía conocimiento del cargo gremial y político que ostentaba el actor, por lo que no podía considerar válidamente el despido.

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