AYALA, RAUL ALBERTO 6/3 c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO AV. CABILDO 2350 Y CIUDAD DE LA PAZ 2347/61 s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el cambio unilateral de horario impuesto por el empleador.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo por despido indirecto. La Cámara consideró que el cambio unilateral de horario impuesto por el empleador no cumplía con los requisitos de razonabilidad y ausencia de perjuicio para el trabajador exigidos por el art. 66 de la LCT. Si bien el empleador cuestionó el lugar de residencia del trabajador, la Cámara señaló que ello no eliminaba los perjuicios generados por la modificación del horario en la vida familiar y social del trabajador, así como los mayores gastos que le podría generar. Por otra parte, el empleador no acreditó la existencia de razones funcionales válidas que justificaran el cambio de horario.
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