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CARDENA, DIEGO MATIAS c/ CONSULTORES DE EMPRESAS DIVISION INDUSTRIAL S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada al pago de indemnizaciones y multas.

Responsabilidad solidaria Despido Contrato eventual Multa ley 24 013 Registro de relacion laboral


¿Quién es el actor?

Diego Matías CARDENA

¿A quién se demanda?

CONSULTORES DE EMPRESAS DIVISIÓN INDUSTRIAL S.R.L. y CABELMA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Consideró que CABELMA S.A. era la real empleadora y condenó a ella y a CONSULTORES DE EMPRESAS DIVISIÓN INDUSTRIAL S.R.L. como responsable solidaria a pagar las indemnizaciones por despido, multas de las leyes 24.013 y 25.323, y entrega de certificados de trabajo. Respecto al reclamo por falta de comunicación a la AFIP, se hizo lugar parcialmente a dicho reclamo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que no se cumplieron los recaudos para que CONSULTORES DE EMPRESAS DIVISIÓN INDUSTRIAL S.R.L. pudiera encuadrar el contrato como eventual, por lo que CABELMA S.A. era la real empleadora.
- Ante la falta de registro de la relación laboral, operaba la presunción del art. 55 LCT a favor del trabajador.
- El incumplimiento de la empleadora de registrar la relación y reconocer el vínculo laboral, configuró injuria grave que justificó el despido indirecto.
- Respecto a la multa por falta de comunicación a la AFIP, se hizo lugar parcialmente ya que se acreditó el cumplimiento de dicha comunicación por parte del trabajador.

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