ARIAS, RUBEN WILFREDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia que declaró no habilitada la vía judicial.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la resolución de primera instancia que declaró no habilitada la vía judicial, por considerar que el actor no agotó la instancia administrativa ante la Comisión Médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El artículo 3 de la Ley 27.348 establece que la Comisión Médica Jurisdiccional debe expedirse dentro de 60 días hábiles, plazo que no se había vencido al momento en que el actor se apartó del procedimiento administrativo.
- El tribunal considera que no se configuró el supuesto de caducidad que habilita la vía judicial, dado que las intimaciones previas a la parte actora no fueron cumplimentadas.
- Por lo tanto, el tribunal considera que no corresponde declarar habilitada la instancia judicial, debiendo confirmarse la resolución de primera instancia.
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