SOTO, DAIANA BELEN c/ PULARS S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y reclamos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el monto de la condena por aplicar la multa del artículo 80 LCT.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Daiana Belén SOTO demandó a PULARS S.A. por despido y otros créditos laborales. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a pagar $614.079,97. Ambas partes apelaron. La Cámara de Apelaciones confirmó que existió una relación de dependencia entre la actora y la demandada, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Sin embargo, revocó el rechazo de la multa del art. 80 LCT, elevando el monto de condena a $710.079,79. La Cámara consideró que era una carga inoficiosa exigir a la trabajadora que intime a la empleadora a entregar los certificados de trabajo, dado que la empresa negaba la relación laboral. Por lo tanto, hizo lugar a la multa por falta de entrega de certificados.
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