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SOTO, DAIANA BELEN c/ PULARS S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y reclamos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el monto de la condena por aplicar la multa del artículo 80 LCT.

Relacion de dependencia Modificacion de sentencia Despido Creditos laborales Multa art 80 lct Presuncion del art 23 lct

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Daiana Belén SOTO demandó a PULARS S.A. por despido y otros créditos laborales. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a pagar $614.079,97. Ambas partes apelaron. La Cámara de Apelaciones confirmó que existió una relación de dependencia entre la actora y la demandada, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Sin embargo, revocó el rechazo de la multa del art. 80 LCT, elevando el monto de condena a $710.079,79. La Cámara consideró que era una carga inoficiosa exigir a la trabajadora que intime a la empleadora a entregar los certificados de trabajo, dado que la empresa negaba la relación laboral. Por lo tanto, hizo lugar a la multa por falta de entrega de certificados.

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