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OVIEDO, RICARDO DANIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por enfermedades profesionales derivadas de sus tareas como chofer motohormigonero. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto indemnizatorio aplicando el principio de la capacidad restante.

Incapacidad Nexo causal Accidente de trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Enfermedades profesionales Capacidad restante

Indemnización por enfermedades profesionales (lumbalgia, cervicalgia, várices en miembros inferiores, asma bronquial)

¿Qué se resolvió?


- El tribunal confirmó la existencia de las enfermedades profesionales y su nexo causal, sobre la base del análisis de las pruebas testimoniales y pericial médica.
- Aplicó el principio de la capacidad restante, determinando que el actor tenía una incapacidad total del 29,10% de la Tasa de Incapacidad Obrera (T.O.), en lugar del 33% establecido en primera instancia.
- Fijó la indemnización en $ 547.219,50, incluyendo un suplemento del 20% según la Ley 26.773.
- Ordenó el pago de intereses desde la toma de conocimiento de la enfermedad (15/12/2016).

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