PINCHEIRA JORGE ANDRES c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado promovió demanda por incapacidad laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo sufrido el 04/05/2015, que le provocó una incapacidad del 30% (20% física + 10% psíquica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, determinando que el actor sufrió un accidente de trabajo que le generó las lesiones físicas y psíquicas indicadas por el perito médico designado, a quien se le otorgó plena eficacia probatoria. Asimismo, confirmó el cómputo de intereses desde la fecha del accidente.
Fundamentos principales:
- El informe pericial médico, que estableció la incapacidad física y psíquica del trabajador, no fue impugnado por las partes, por lo que corresponde otorgarle plena eficacia probatoria.
- La jurisprudencia ha establecido que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, de acuerdo a lo previsto en las leyes 26.773 y 27.348.
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