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GONZALEZ, RAUL ANTONIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó por reparación sistémica derivada de enfermedades profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia e impuso un sistema de capitalización anual de intereses a partir de la notificación de demanda.

Accidente de trabajo Enfermedad profesional Reparacion sistemica Capitalizacion de intereses Art 770 ccyc Acta cnat 2764 22

Reparación sistémica por enfermedades profesionales
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso aplicar el sistema de capitalización anual de intereses previsto en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, a partir de la notificación de la demanda (26/11/2018). Estableció que los intereses se calcularán sobre el capital histórico actualizado por IPC con una tasa del 6% anual desde el 01/12/2016.
- Fundamentos: La Cámara consideró que correspondía aplicar el sistema de capitalización anual previsto en el art. 770 CCyC, de acuerdo a lo resuelto en el Acta CNAT 2764/22, por tratarse de un crédito posterior a la entrada en vigencia del nuevo Código y no encontrarse alcanzado por un régimen legal especial de intereses. Ello con el fin de compensar al acreedor por la privación del capital y mantener el valor de la indemnización ante la inflación.

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