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RAUTI, DOMINGO Y OTROS c/ EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Edesur S.A., a quien calificó como su empleadora directa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y condenó solidariamente a Edesur S.A. y a la Cooperativa de Trabajo 16 de Enero Ltda. al pago de indemnizaciones por considerar que Edesur S.A. era la real empleadora.

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Indemnizaciones por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó solidariamente a Edesur S.A. y a la Cooperativa de Trabajo 16 de Enero Ltda. al pago de indemnizaciones, al considerar que Edesur S.A. era la real empleadora del actor, pese a que éste había sido contratado por la Cooperativa. La Cámara consideró acreditada la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y Edesur S.A., aplicando el principio de primacía de la realidad. Adicionalmente, condenó a Edesur S.A. y a la Cooperativa al pago de las multas previstas en los arts. 8 y 15 de la Ley de Empleo, y al pago del incremento indemnizatorio del art. 2 de la Ley 25.323.

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