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MEDINA MIGUEL ANGEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra su aseguradora. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psíquica del trabajador.

Accidente de trabajo Incapacidad psicofisica Prestaciones dinerarias Baremo lrt Reaccion vivencial anormal neurotica depresiva

Accidente de trabajo y pago de prestaciones dinerarias conforme Ley 24.557
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica al 10% conforme al Baremo del Decreto 659/96, lo que determinó una incapacidad psicofísica total del 16%. En consecuencia, se redujo el monto de condena a $137.500,74.
- Fundamentos principales: 1) La incapacidad física de 6% por lumbalgia fue correctamente determinada en primera instancia. 2) Respecto a la incapacidad psíquica, si bien la perito psicóloga inicialmente indicó un 15%, luego adecuó su informe al Baremo del Decreto 659/96, concluyendo que correspondía un 10% por "Reacción Vivencial Anormal Neurótica Depresiva De Grado II". Por lo tanto, corresponde modificar la incapacidad psicofísica al 16% (10% psíquica + 6% física). 3) Los intereses fueron correctamente fijados desde la fecha del accidente. 4) Las costas de segunda instancia se imponen en el orden causado.

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