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FALKENSTEIN, SUSANA MONICA c/ OMINT S.A. s/DESPIDO

La actora reclamó indemnización por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones por despido sin justa causa.

Indemnizacion Intimacion Despido incausado Contrato a plazo fijo Sancion art 80 lct

Indemnización por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que no se acreditaron los requisitos legales para la existencia de un contrato a plazo fijo, por lo que correspondía calificar la relación como de duración indeterminada. Por ende, el despido de la actora fue sin justa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demandada no cumplió con los requisitos de los arts. 90 y 93 de la LCT para la contratación a plazo fijo. No presentó el contrato escrito ni justificó las razones de la contratación a término.
- Correspondía aplicar la presunción del art. 90 LCT y considerar la relación como de duración indeterminada.
- Procedía condenar a la demandada al pago de las indemnizaciones por despido incausado, el incremento del art. 2 Ley 25.323 y la sanción del art. 80 LCT.

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