TESSARI, HECTOR OSCAR c/ EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajador promovió demanda por despido contra empleadora y empresa intermediaria. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que consideró a la empresa usuaria como empleadora directa.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se consideró a EDESUR S.A. como empleadora directa del trabajador, en aplicación del art. 29 de la LCT. Se condenó a EDESUR S.A. y a la Cooperativa solidariamente.
Fundamentos principales:
- La Cooperativa de Trabajo 12 de Octubre Ltda. fue utilizada de manera fraudulenta para disfrazar una relación laboral de dependencia con EDESUR S.A.
- No se acreditó la real participación del trabajador en la cooperativa ni su intervención en la formación de la voluntad societaria.
- Primó el principio de "primacía de la realidad" para determinar la naturaleza del vínculo.
- EDESUR S.A. era la verdadera empleadora del trabajador, por lo que responde solidariamente con la Cooperativa.
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