Logo

TESSARI, HECTOR OSCAR c/ EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Trabajador promovió demanda por despido contra empleadora y empresa intermediaria. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que consideró a la empresa usuaria como empleadora directa.

Relacion de dependencia Fraude Solidaridad Cooperativa de trabajo Primacia de la realidad Art 29 lct

Despido

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se consideró a EDESUR S.A. como empleadora directa del trabajador, en aplicación del art. 29 de la LCT. Se condenó a EDESUR S.A. y a la Cooperativa solidariamente. Fundamentos principales:
- La Cooperativa de Trabajo 12 de Octubre Ltda. fue utilizada de manera fraudulenta para disfrazar una relación laboral de dependencia con EDESUR S.A.
- No se acreditó la real participación del trabajador en la cooperativa ni su intervención en la formación de la voluntad societaria.
- Primó el principio de "primacía de la realidad" para determinar la naturaleza del vínculo.
- EDESUR S.A. era la verdadera empleadora del trabajador, por lo que responde solidariamente con la Cooperativa.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar