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CACERES, MARIA VERONICA c/ AYGERES S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido injustificado. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena y limitando la responsabilidad solidaria del codemandado Liguori.

Indemnizaciones laborales Responsabilidad solidaria de socios Despido indirecto Trabajo no registrado Presuncion del art 23 lct

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora María Verónica Cáceres demandó a la empresa Aygeres S.R.L. y al Sr. Nicolás Liguori por despido indirecto.
- Se acreditó que Cáceres prestaba servicios como asistente geriátrica en el geriátrico de propiedad de Aygeres S.R.L., sin que estuviera registrada.
- La Cámara confirmó la existencia de la relación laboral, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Asimismo, consideró justificado el despido indirecto por la negativa de la empleadora a registrarla.
- Se modificó la condena, elevando el monto total a $420.815,16 contra Aygeres S.R.L. y a $301.046,32 respecto del codemandado Liguori (en disidencia del voto de la Dra. Pinto Varela).
- Se limitó la responsabilidad solidaria de Liguori sólo a rubros relacionados con la falta de registro, dejándolo exento de la obligación de entregar los certificados de art. 80 LCT.

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