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AMARILLA GIMENEZ, ELENA c/ INEBA S.A. s/DESPIDO

La demandante promovió demanda por diferencias indemnizatorias por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena.

Intereses Honorarios Capitalizacion Despido incausado Horas extras Ley 25 323 Diferencias indemnizatorias Art 80 lct Integracion mes de despido


¿Quién es el actor?

Elena Amarilla Gimenez

¿A quién se demanda?

INEBA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diferencias indemnizatorias por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia reduciendo la base salarial utilizada para el cálculo de las indemnizaciones, excluyendo el rubro "Día de la sanidad". Confirmó la condena al pago del incremento del art. 2 de la ley 25.323 y la indemnización del art. 80 LCT, pero con los nuevos montos. Reguló los honorarios de las partes y peritos. Principales fundamentos:
- El rubro "Día de la sanidad" no debe incluirse en la base salarial al no ser un concepto de pago mensual, normal y habitual.
- Corresponde promediar las horas extras para calcular la integración del mes de despido.
- Procede la condena al pago del incremento del art. 2 ley 25.323 sobre las diferencias indemnizatorias.
- Corresponde la indemnización del art. 80 LCT al no haber estado los certificados a disposición en el plazo legal.
- Se aplica la capitalización anual de intereses según lo dispuesto en el Acta 2764 de la CNAT.

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