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GIANLORENZO, RUBEN DOMINGO c/ CLUB FERRO CARRIL OESTE s/DESPIDO

Trabajador reclamó indemnización por despido incausado. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Indemnizacion Buena fe Lct Despido Art 771 ccyc Acta 2764 cnat

Indemnización por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del trabajador. Consideró que la carta de despido no cumplía con los requisitos del art. 243 LCT al no describir adecuadamente la conducta atribuida al trabajador que justificara el despido. Por lo tanto, concluyó que el despido fue injustificado y correspondía el pago de las indemnizaciones respectivas. La Cámara también confirmó la aplicación del art. 2 de la ley 25.323 por mora en el pago de las indemnizaciones. Respecto a los intereses, si bien confirmó la aplicación del Acta 2764 de la CNAT, estableció que en caso de que la aplicación de dicha Acta generara un resultado desproporcionado, correspondería aplicar el criterio del art. 771 CCyC.

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