STEFANINI ARGENTINA S.R.L. c/ GUZMAN, ALBERTO SALVADOR Y OTRO s/CONSIGNACION
El actor impugnó el rechazo de su reclamo por aplicación del art. 29 LCT. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que Stefanini Argentina S.R.L. era la empleadora del trabajador y no una simple intermediaria.
Aplicación del art. 29 LCT (trabajador contratado por tercero para ser provisto a otra empresa)
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación, confirmando el fallo de primera instancia que consideró a Stefanini Argentina S.R.L. como el empleador del actor. La Cámara consideró que de la prueba testimonial y pericial no surgía que Massalín Particulares S.R.L. haya actuado como empleadora del trabajador, sino que Stefanini Argentina S.R.L. ejercía las facultades y poderes propios del empleador sobre el demandante. Los testigos indicaron que Stefanini Argentina S.R.L. era quien dirigía y supervisaba las tareas de Guzmán, a pesar de que el equipamiento utilizado pertenecía a Massalín Particulares S.R.L.
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