BAUTISTA, JORGE BERNARDO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador sufrió incidente traumático con secuelas psiquiátricas. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció la incapacidad y los intereses.
Accidente de trabajo y posterior incapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente al reclamo, reconociendo la incapacidad del trabajador y los intereses desde el momento del accidente. El tribunal señaló que si bien la ART representada por el Fondo de Reserva cuestionó la incapacidad y los intereses, no logró fundamentar adecuadamente sus agravios. Destacó que el dictamen pericial que sustentó la decisión sobre la incapacidad fue sólido y no mereció cuestionamientos. Respecto a los intereses, consideró que no corresponde la limitación planteada por el Fondo, ya que los intereses suspendidos por quiebra se refieren a la obligación del fallido y no de quienes deben afrontar esas deudas. Finalmente, confirmó que los intereses deben computarse desde el accidente, de acuerdo a la normativa general.
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