VILLAVERDE, MARIA EVA c/ YPF S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La actora promovió demanda por diferencias salariales y despido contra YPF SA. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó el pago de mayores sumas indemnizatorias con sustento en el carácter salarial de ciertos conceptos.
Diferencias salariales y despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de 1ra instancia, considerando como remunerativas determinadas prestaciones que la empresa pagaba bajo el rótulo de "no remunerativas". Esto implicó recalcular la base salarial para el cálculo de las indemnizaciones, incrementando los montos a pagar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las prestaciones como "Celular", "Viáticos", "Laptop", "Tarjetas corporativas" deben considerarse salariales por representar una ventaja patrimonial para la trabajadora.
- Las sumas calificadas como "no remunerativas" en el CCT son en realidad salarios y deben computarse para determinar la base.
- Corresponde aplicar los criterios de la CSJN en "Vizzoti" para calcular la indemnización por despido.
- Se revoca la aplicación de la multa del art. 10 Ley 24.013 por no configurarse el supuesto de irregularidad registral.
- Se acepta el reclamo de la multa del art. 45 Ley 25.345 por incumplimiento en la entrega de certificados de trabajo.
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