PASTOR, ROMINA VERONICA c/ GESTION GASTRONOMICA S.A. s/DESPIDO
La actora reclamó diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando el reconocimiento de indemnización por daño moral y psicológico.
Cobro de créditos laborales
¿Qué se resolvió?
Se confirma la condena por despido injustificado, la sanción por deficiente registración y multa del art. 80 LCT. Se revoca el reconocimiento de indemnización por daño moral y psicológico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La demandada no puede invocar el art. 92 bis LCT porque la actora fue contratada reiteradamente.
- Corresponde la sanción del art. 2 ley 25.323 por necesidad de iniciar demanda.
- La falta de exhibición de documentación y los informes periciales acreditan la deficiente registración.
- La protección contra el despido por embarazo (art. 178 LCT) impide aplicar el período de prueba.
- La indemnización del art. 182 LCT cubre los perjuicios ocasionados, sin necesidad de reparación adicional por daño moral.
- Corresponde aplicar la tasa de interés establecida por la CNAT.
- Procede la multa del art. 132 bis LCT hasta acreditación del ingreso de aportes retenidos.
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