MAÑA, SILVIA ALEJANDRA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL DE CABA Y GRAN BUENOS AIRES A s/DESPIDO
Una médica cardióloga reclamó por despido incausado contra la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal de CABA y Gran Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a las indemnizaciones laborales correspondientes.
¿Quién es el actor?
Silvia Alejandra Maña
¿A quién se demanda?
Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal de CABA y Gran Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por despido incausado
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a las indemnizaciones por despido incausado (arts. 232, 233 y 245 de la LCT).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se demostró que entre las partes existió un contrato de trabajo y no una locación de servicios, aplicándose la presunción del art. 23 de la LCT.
- Se acreditó que la actora prestaba servicios bajo la organización, dirección y control de la obra social demandada, con horarios, lugar de trabajo y elementos de trabajo provistos por la demandada.
- Se confirmó la procedencia de la doble indemnización por despido dispuesta en el DNU 34/19.
- Se confirmó la condena a la entrega del certificado previsto en el art. 80 de la LCT.
- Se confirmaron los intereses aplicados según los criterios establecidos en el Acta CNAT 2764.
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