MAZZA, LUIS RUBEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de la condena.
Percibir prestaciones dinerarias por secuelas de accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de la condena a $330.496,24, por considerar que el factor de ponderación por edad debe sumarse directamente a la incapacidad funcional. La Cámara también declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar los créditos laborales.
Fundamentos relevantes:
- "el baremo aprobado por el decreto 659/96 establece claramente que una vez determinados los valores de cada uno de los 3 factores de ponderación éstos se sumarán entre sí, determinando un valor único que será el porcentaje en que se incrementará el valor que surja de la evaluación de incapacidad funcional"
- "respecto al factor de ponderación correspondiente a la edad, comparto la doctrina que sostiene que este factor se incorpora a la incapacidad funcional sumándose en forma directa"
- "he sostenido la necesidad de ajustar los créditos laborales por su carácter alimentario, criterio que mantengo como Juez de la CNAT"
- "las mejoras indemnizatorias mediante la utilización del índice RIPTE, deben ser aplicadas de manera inmediata para procurar que el valor de la moneda para el trabajador permanezca a la hora de hacer efectiva su acreencia"
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