AVELLANEDA, CLAUDIA PATRICIA c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia reduciendo el grado de incapacidad indemnizable.
Indemnización por enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, reduciéndose el grado de incapacidad indemnizable del 15,84% al 12% de la total obrera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez de grado valoró correctamente el informe pericial médico, que determinó una incapacidad laboral permanente parcial del 15,84%.
- Sin embargo, se acreditó que la actora sólo denunció patologías cervicales y lumbares, sin incluir lesiones en el hombro, por lo que no corresponde indemnizar este último rubro.
- Ajustando los porcentajes, la incapacidad física se fija en el 4%, la psicológica en el 4,60% y los factores de ponderación en el 3,40%, totalizando un 12% de incapacidad laboral permanente parcial.
- Se confirma la aplicación del índice RIPTE para la actualización de las indemnizaciones.
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