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ESPINOSA, MARIANO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y determinó que el actor padece una incapacidad física del 6,66%, rechazando el reclamo por daño psíquico.

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Accidente de trabajo sufrido el 26/12/2019 al levantar una bolsa con libros

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que el actor padece una incapacidad física del 6,66%, rechazando el reclamo por daño psíquico. Ordenó la aplicación del índice RIPTE para la actualización del ingreso base mensual y la aplicación de un interés moratorio del 6% anual sobre el monto total de la liquidación en caso de incumplimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En relación a la incapacidad física, el perito fundamentó adecuadamente el porcentaje otorgado conforme el baremo legal.
- Respecto al daño psíquico, el informe pericial carece de fundamentación, por lo que no es posible tener por acreditada la existencia de dicha patología.
- La aplicación del índice RIPTE para la actualización del ingreso base mensual es la correcta, de acuerdo a lo previsto en la ley 27.348 y el Decreto 669/19.
- Corresponde aplicar un interés moratorio del 6% anual sobre el monto total de la liquidación en caso de incumplimiento.

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