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SANCHEZ, MIGUEL ANGEL c/ ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diferencias indemnizatorias y otros créditos laborales contra el Ente Nacional de Comunicaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar sustancialmente a la demanda.

Contrato de trabajo Incremento indemnizatorio Ley 25 323 Presuncion de laboralidad Emision de facturas Ausencia de reclamos


¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Sánchez

¿A quién se demanda?

Ente Nacional de Comunicaciones

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diferencias indemnizatorias y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda del actor. Fundamentos principales:
- Se aplica la presunción de laboralidad prevista en el art. 23 de la LCT, al haber reconocido el demandado la prestación de servicios personales por parte del actor.
- La circunstancia de que el actor haya emitido facturas no altera la realidad contractual, ya que la emisión de facturas puede ser una exigencia formal del empleador para intentar dar apariencia de relación comercial a una prestación de naturaleza laboral.
- La ausencia de reclamos durante la vigencia del vínculo no implica consentimiento del trabajador, ya que en materia laboral la teoría de los actos propios debe interpretarse con estrictez bajo el principio protectorio.
- Corresponde aplicar el incremento indemnizatorio previsto en el art. 1 de la ley 25.323 por el deficiente registro del contrato de trabajo.

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