CARABAJAL, MARTA ALICIA (2) c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar a su demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y estableció una forma de cálculo de intereses más favorable al trabajador.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que la suma diferida a condena devengue intereses desde que cada suma es debida, conforme la tasa de interés establecida en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con más la capitalización anual del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial a partir del 01/08/2015. La Cámara fundamentó su decisión en que, conforme el Acta CNAT N° 2764 del 01/09/2022, la tasa de interés moratorio debe absorber la pérdida de valor monetario desde la mora hasta la fecha de la liquidación. Al ser el crédito anterior a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, corresponde aplicar la capitalización a partir del 01/08/2015.
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