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CARABAJAL, MARTA ALICIA (2) c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar a su demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y estableció una forma de cálculo de intereses más favorable al trabajador.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que la suma diferida a condena devengue intereses desde que cada suma es debida, conforme la tasa de interés establecida en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con más la capitalización anual del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial a partir del 01/08/2015. La Cámara fundamentó su decisión en que, conforme el Acta CNAT N° 2764 del 01/09/2022, la tasa de interés moratorio debe absorber la pérdida de valor monetario desde la mora hasta la fecha de la liquidación. Al ser el crédito anterior a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, corresponde aplicar la capitalización a partir del 01/08/2015.

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