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CUENCA, DALMA YANINA c/ TELECOM PERSONAL S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la legitimidad del despido indirecto y la responsabilidad solidaria de la empresa demandada, pero dejando sin efecto la obligación de entrega de certificaciones.

Intereses Responsabilidad solidaria Ley de contrato de trabajo Despido indirecto Certificaciones laborales

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la legitimidad del despido indirecto y la responsabilidad solidaria de la empresa demandada, pero dejó sin efecto la obligación de entrega de certificaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró legítimo el despido indirecto por el incumplimiento de la empresa al no responder un requerimiento del trabajador. Respecto a la responsabilidad solidaria, entendió que la empresa tercerizada constituía un mero apéndice de la principal, por lo que correspondía la aplicación del art. 30 LCT. Sin embargo, dejó sin efecto la orden de entrega de certificaciones, por considerar que ello debe tramitarse por una vía autónoma y con la legitimación del ente recaudador.

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