ROMERO RAUL CESAR c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia y estableció que el Fondo de Reserva debe responder por la totalidad de las costas e intereses.
Accidente de trabajo
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que dispuso que el Fondo de Reserva creado por el art. 34 de la Ley 24.557 responda por la totalidad de las costas e intereses aplicados al capital de condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La resolución que dispone la responsabilidad del Fondo de Reserva en la ejecución de la sentencia, aunque atañe a la ejecución, puede ser apelada cuando afecta el derecho de defensa o la integridad del derecho reconocido por la sentencia definitiva.
- La responsabilidad del Fondo de Reserva por las obligaciones que Interacción ART dejó de pagar se configuró al momento de la liquidación forzosa de la aseguradora, por lo que no resultan aplicables las modificaciones introducidas posteriormente por el Poder Ejecutivo Nacional.
- Los intereses devengados forman parte de las "prestaciones que la ART dejará de abonar" como consecuencia de su liquidación, por lo que el Fondo de Reserva debe responder por ellos.
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