ALVAREZ JONATHAN, ANDRES c/ EXPERIENCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó prestaciones dinerarias por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del trabajador.
Prestaciones dinerarias por accidente "in itinere" sufrido el 6/1/2016
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del trabajador a percibir las prestaciones dinerarias.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Se estableció la existencia de lesiones incapacitantes compatibles con la mecánica del accidente denunciado, sin que la aseguradora aportara elementos para poner en duda las conclusiones del dictamen pericial.
- La incapacidad psicológica establecida encuentra razonable vinculación con el hecho accidental, siendo indemnizable en el marco de un accidente "in itinere".
- La fijación de intereses desde el momento del accidente es correcta, dado que las previsiones de la Ley 27.348 no resultan aplicables.
- Las tasas de interés aplicadas se encuentran dentro de los parámetros establecidos por la jurisprudencia.
- La regulación de honorarios se ajusta a la normativa.
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