LEGUIZAMON IBAÑEZ, CARLOS ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recurso contra la decisión de la Comisión Médica que no le reconoció incapacidad por un accidente. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente al reclamo, reconociendo al trabajador una incapacidad psicofísica.
Cobertura de secuelas psicológicas y físicas por un accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente al reclamo. El perito médico detectó incapacidad física parcial y permanente en miembros inferiores, y una incapacidad psíquica, que en conjunto suman una incapacidad psicofísica del 21%. La Cámara consideró que el informe pericial tiene sólidos fundamentos científicos y que la aseguradora no logró desvirtuarlo.
Principales fundamentos:
- "Cuando la persona trabajadora insta el procedimiento ante las comisiones médicas, reclama el reconocimiento de la integralidad de las derivaciones dañosas de un evento comprendido en las previsiones del artículo 6° de la ley 24.557, ya sean éstas incapacidades definitivas físicas, psíquicas o ambas y solo un exceso de rigor formal podría conducir a afirmar que el recurrente procuró preterir la reparación de alguna de ellas por no haberla consignado expresamente".
- "Si el perito es, como se vio, un intermediario en el conocimiento judicial (...), y si en lo técnico, esa mediación resulta esencial, es indudable que la intervención especializada coadyuva en forma relevante a la formación regular de las decisiones judiciales".
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