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ACOSTA, JUAN CARLOS Y OTRO c/ CG CONS S.R.L. Y OTRO s/LEY 22.250

Los trabajadores apelaron el rechazo de la extensión de responsabilidad al codemandado arquitecto, confirmándose la decisión de excluirlo de la condena.

Construccion Responsabilidad solidaria Ley 22 250 Empresario de la construccion Profesional tecnico


¿Quién es el actor?

ACOSTA, JUAN CARLOS Y OTRO

¿A quién se demanda?

CG CONS S.R.L. Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar indemnizaciones por Ley 22.250

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado que desestimó la responsabilidad solidaria del arquitecto codemandado DIEGO MARTIN WOLKOWICZ, entendiendo que éste no revestía la calidad de empleador sujeto al régimen de la Ley 22.250, ya que no era el empresario de la construcción sino un profesional que comprometía su capacidad técnica, sin ser titular de la obra.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La calidad de sujeto de la Ley 22.250 está subordinada a la de empresario de la construcción en cabeza del alegado empleador, es decir, su condición de operador en esta rama de la actividad económica, caracterizada por la titularidad de una empresa dedicada a la realización de obras para terceros, con finalidad de lucro.
- Ni el dueño de la obra, que no es empresario y contrata con aquéllos la construcción y les paga el precio convenido, ni los profesionales de las artes vinculadas a la actividad que comprometen, respecto de los dueños o empresarios, su capacidad técnica en el marco de las incumbencias de la profesión de que se trate, son empresarios ni, según la definición legal, empleadores sujetos al régimen.

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