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OTONELLI QUINTANA WALTER ANTONIO c/ YANKELEVICH PABLO MARTIN Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió demanda contra las empresas codemandadas y sus directivos, por daños derivados de enfermedades profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y condenó solidariamente a las empresas y personas físicas demandadas.

Accidente de trabajo Responsabilidad solidaria Enfermedades profesionales Disregard de la personalidad juridica Trabajos riesgosos Condiciones de higiene y seguridad

Daños y perjuicios por enfermedades profesionales (problemas en rodillas, vista, respiratorios) derivados de las tareas de pintura realizadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, y condenó solidariamente a las empresas y personas físicas demandadas al pago de $ 180.000 en concepto de indemnización, con intereses según Acta 2764. La Cámara determinó que la falta de registración del vínculo y de medidas de seguridad, así como el control que ejercían los codemandados sobre el trabajador, tornan operativa la teoría del disregard de la personalidad jurídica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El trabajador ingresó sano a la relación laboral, y resultaron acreditadas las condiciones riesgosas de trabajo que causaron las enfermedades.
- La falta de registración, de medidas de seguridad, y el control ejercido por los codemandados sobre el trabajador, conllevan la responsabilidad solidaria de los mismos.
- Aplicación de la teoría del disregard de la personalidad jurídica a las empresas y a sus directivos.

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