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DAVICO JULIO RICARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y estableció que los intereses corren desde la fecha del alta médica.

Intereses Indemnizacion Accidente de trabajo Actualizacion Credito laboral Consolidacion de incapacidad


¿Quién es el actor?

Julio Ricardo Davico

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses por la indemnización deben correr a partir de la fecha del alta médica, es decir, desde el 23/5/2014. Confirmó el resto de la sentencia apelada. La Cámara consideró que, según la jurisprudencia, los intereses moratorios deben computarse desde la consolidación de la minusvalía del reclamante, es decir, desde el momento en que corresponde considerar permanente la incapacidad. En este caso, la consolidación se produjo con el alta médica otorgada el 23/4/2014, por lo que los intereses correrán desde el 23/5/2014. Respecto a la actualización del monto, la Cámara consideró que la tasa de interés aplicada (Ripte + 6% anual) es adecuada para mantener el valor del crédito laboral, compensar el deterioro por la mora y evitar que el transcurso del tiempo convierta el monto en irrisorio.

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