PEREZ, DIEGO NORBERTO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidentes de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, reduciendo los porcentajes de incapacidad psicológica otorgados.
Indemnización por accidentes de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo los porcentajes de incapacidad psicológica reconocidos al actor y fijando los montos indemnizatorios correspondientes. La Cámara consideró que la pericia psicológica no se encontraba debidamente fundamentada, pues no se condicía con los elementos objetivos recabados en la causa. Si bien se acreditaron leves alteraciones funcionales, no se demostró que el cuadro de perturbación emocional del actor resultara equiparable a una reacción vivencial anormal neurótica de grado II. Por lo tanto, se redujo la incapacidad psicológica reconocida, estableciendo la incapacidad total en el 2% por la afectación física de la mano y el 4,9% por la del tobillo. En relación a los intereses, la Cámara consideró que la aplicación lineal de las tasas previstas en las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT no lograba recomponer el capital adeudado en términos reales, por lo que dispuso que los créditos devenguen intereses según dichas tasas, pero capitalizados anualmente a partir de la notificación de la demanda.
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